Con esta resolución, el Estado nacional podrá discutir en sede judicial dos decisiones clave vinculadas al cumplimiento del fallo. Por un lado, la intimación que le exige acatar la medida cautelar bajo apercibimiento de multas diarias —sanción que fue suspendida de manera provisoria a mediados de octubre—; por el otro, la validez de mantener abierto el incidente de ejecución mientras la causa principal continúa su trámite de revisión.
Al conceder el recurso, los magistrados de la alzada aclararon de forma expresa que la decisión no implica adelantar opinión sobre si el Gobierno cumplió o no con la cautelar. La discusión de fondo sobre la efectividad de las medidas dispuestas deberá ser analizada en las instancias correspondientes a medida que avance el proceso.
El conflicto procesal se originó cuando el juez Cormick ordenó elevar a la Cámara el expediente principal —donde ya dictó una sentencia de primera instancia— y resolvió, en paralelo, tramitar la ejecución de la cautelar en un expediente separado. Tras el rechazo inicial del magistrado a la apelación oficial, el Ministerio de Capital Humano y la Secretaría de Educación recurrieron en queja ante la Cámara, que finalmente dio luz verde al planteo.
En sus argumentos, la representación estatal sostuvo haber dado cumplimiento integral a la medida y afirmó que los plazos de vigencia de la cautelar ya expiraron. Bajo esa premisa, el Ejecutivo alertó sobre la eventual imposición de sanciones económicas sin una liquidación concreta del monto reclamado, postura que la Cámara consideró suficiente para admitir la revisión al evaluar la posible existencia de un perjuicio irreparable para las arcas públicas.
Este fallo se suma a la decisión adoptada días atrás por la misma Sala III, que otorgó efecto suspensivo a la apelación gubernamental contra las multas diarias impuestas a la Jefatura de Gabinete. El expediente madre de la disputa fue impulsado por el Consejo Interuniversitario Nacional contra el Decreto 759/2025, normativa que supeditó la aplicación de la Ley de Financiamiento Universitario a la identificación de partidas por parte del Congreso y que fue declarada inconstitucional en primera instancia.























