El plazo para presentar las declaraciones juradas del impuesto a las Ganancias correspondientes al período fiscal 2025 se extendió hasta el 16 de noviembre de 2026. En tanto, la adhesión a determinados planes de pago podrá solicitarse hasta el 30 de diciembre de ese año.
Las medidas quedaron formalizadas mediante las resoluciones generales 5918/2026 y 5920/2026, publicadas en el Boletín Oficial. Ambas modifican fechas previstas para cumplir distintas obligaciones tributarias.
La Resolución General 5918/2026 establece que las personas humanas alcanzadas por el impuesto a las Ganancias tendrán tiempo hasta el 16 de noviembre para presentar las declaraciones juradas del ejercicio fiscal 2025.
ARCA explicó que la decisión se tomó a partir del diálogo entre las autoridades del organismo y representantes de las entidades que reúnen a profesionales de ciencias económicas. El objetivo, indicó, es facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias.
La otra prórroga comprende regímenes especiales de facilidades de pago destinados a determinados grupos de contribuyentes. Por medio de la Resolución General 5920/2026, el organismo extendió hasta el 30 de diciembre de 2026 el plazo para solicitar la adhesión.
La medida alcanza a cuatro categorías de contribuyentes. La extensión les concede más tiempo para incorporarse a los mecanismos de pago, aunque la información difundida no detalló cuáles son esas categorías.
Tampoco se anunciaron cambios en las condiciones de financiación, la cantidad de cuotas ni los requisitos de acceso. La modificación se limita a la fecha límite para adherir a los planes.
Las dos resoluciones tienen alcances distintos y están dirigidas a diferentes grupos de contribuyentes. En el caso de Ganancias, la prórroga corresponde a las personas humanas que deben presentar sus declaraciones juradas por el período fiscal 2025.























