Según el decreto al que se ha tenido acceso, la Fiscalía redefine el objeto procesal y establece claramente que “el episodio no puede entenderse como un hecho aislado, sino como el resultado de una serie de conductas concatenadas”.
En este contexto, se señala que es necesario “reformar integralmente el objeto de esta investigación”, orientándola hacia “determinar la responsabilidad penal de las personas, causalmente vinculadas al derrumbe parcial de la losa”.
Para la fiscalía, el colapso estructural en la losa de la planta baja sobre el estacionamiento del primer subsuelo no se atribuye solamente a la empresa constructora, sino también a todos los actores que participaron en la ejecución, control y supervisión de la obra.
Respecto a la constructora, la imputación es clara. Se atribuye a sus directivos y responsables técnicos “haber ejecutado la obra del Sector 2 con vicios estructurales en la losa de planta baja sobre el estacionamiento del primer subsuelo en su sector central”.
Además, un fallo técnico se identifica como uno de los factores determinantes del colapso: “Haber dispuesto sobre dicha losa una sobrecarga de aproximadamente 0,70 metros de tierra natural más placas de laja, sin sistema de drenaje eficaz para el patio central”. Esta descripción sugiere no solo un error en la construcción, sino una combinación de decisiones que comprometerieron la integridad estructural desde su inicio.
La Fiscalía también subraya que estos inconvenientes eran conocidos. Por el contrario, señala que los responsables “desatendieron los reclamos formales reiterados por filtraciones y compromiso estructural dirigidos a la empresa desde el año 2022”.
Se menciona específicamente “la intimación contenida en la carta documento N° HD006645724AR del 09/10/2025”, cuyo cumplimiento “no se materializó hasta el momento del colapso”. Este dato es crucial, pues demuestra que existían advertencias concretas que no fueron adecuadamente atendidas.
En relación con el área de postventa y con los técnicos involucrados en el periodo previo al derrumbe, la imputación añade un nuevo nivel de gravedad. Según el decreto, se les atribuye “haber dispuesto y ejecutado… tareas de perforación e impermeabilización sobre la losa descubierta del subsuelo… sin orden de trabajo, sin memoria descriptiva y sin proyecto de intervención previo”.
Estas acciones, realizadas sobre una estructura ya problematizada, habrían empeorado la situación. La Fiscalía resalta que todo esto ocurrió “en una losa cuyo compromiso estructural por filtraciones reiteradas era de conocimiento de la empresa”, lo que refuerza la idea de intervención imprudente.
La investigación también dirige la atención hacia la dirección de obra.





















