García advirtió que “las modificaciones introducidas eliminan instancias de participación ciudadana que, durante más de dos décadas, permitieron a universidades, colegios profesionales, organizaciones de la sociedad civil y a la ciudadanía formular observaciones respecto de las candidaturas propuestas por el Poder Ejecutivo”. En este sentido, recordó que “el régimen establecido en 2003 constituyó un avance significativo en materia de transparencia, publicidad de los actos de gobierno y control ciudadano sobre procesos de singular trascendencia institucional”.
A esto añadió que “la participación de los distintos sectores de la sociedad civil aportaba información, perspectivas y observaciones relevantes para la evaluación pública de las candidaturas, fortaleciendo la calidad institucional del proceso”.
La titular del Colegio Público enfatizó que “la supresión de esos mecanismos implica un claro retroceso respecto de los estándares institucionales que la Argentina había incorporado para la designación de las más altas autoridades del sistema de justicia”.
García también destacó que “la circunstancia de que el Senado conserve sus atribuciones constitucionales para prestar acuerdo torna imprescindible la instancia previa”. Explicó que “la posibilidad de que la sociedad civil pudiera expresar fundadamente apoyos u objeciones antes de la remisión de los pliegos contribuía a enriquecer la decisión presidencial, fortalecer la legitimidad de las designaciones y ampliar la transparencia del proceso”.
En una visita del ex presidente del Colegio Público, Ricardo Gil Lavedra, quien la apoyó en su reclamo, la nueva presidenta del organismo, que representa a casi noventa mil matriculados, transmitió una preocupación adicional: “la derogación de las previsiones que promovían una integración de la Corte Suprema que contemplara la diversidad de género, de procedencias y de trayectorias profesionales”.
Finalmente, concluyó que “lejos de restringir las atribuciones constitucionales del Poder Ejecutivo, esos criterios orientaban el ejercicio de una facultad institucional de máxima relevancia y contribuían a una composición más representativa del máximo tribunal”.























