Un número significativo de contribuyentes asume erróneamente que las deudas fiscales se extinguen de forma automática tras algunos años. No obstante, en Estados Unidos existen disposiciones legales que permiten al Gobierno llevar a cabo procesos de recaudación e incluso reactivarlos mucho tiempo después de que se haya pasado por alto la obligación original.
El Servicio de Impuestos Internos (IRS) tiene la autoridad para embargar cuentas bancarias, salarios y bienes en los casos en que las deudas tributarias permanezcan legalmente activas.
El IRS dispone de un plazo de 10 años para la cobranza de impuestos impagos a partir de la fecha en que la deuda fue oficialmente determinada, período que se denomina Fecha de Vencimiento del Plazo de Cobro (CSED).
Muchos contribuyentes se percatan de esta situación cuando:
Si la deuda continúa activa y no se ha regularizado, el IRS puede proceder a embargar.






















