La resolución, presentada por la Secretaría de Hacienda del Ministerio de Economía, surge a raíz de la solicitud de las autoridades provinciales, quienes enfrentan dificultades temporales para cumplir con sus compromisos presupuestarios y el pago de deudas.
El sistema implementado se basa en lo estipulado por el artículo 124 de la Ley N° 11.672, que permite al Ministerio de Economía anticipar fondos a las provincias según su participación en la recaudación de impuestos nacionales.
El monto máximo a desembolsar será fijado por la Secretaría de Hacienda, evaluando la capacidad de reembolso de Córdoba y su cuota en el régimen de coparticipación federal. Este anticipo deberá ser devuelto durante el actual ejercicio fiscal mediante retenciones automáticas sobre los fondos coparticipables que la provincia recibe del Tesoro Nacional. El interés se establece en un 15 % nominal anual, aplicable sobre el saldo pendiente desde el desembolso hasta el momento de la devolución efectiva.
El decreto otorga a la Secretaría de Hacienda la facultad de definir el cronograma de desembolsos y las condiciones específicas del acuerdo con la provincia. Por su parte, el Gobierno de Córdoba deberá destinar su participación en el Régimen Transitorio de Distribución de Recursos Fiscales, conforme a la Ley N° 23.548, hacia el pago del monto anticipado más los intereses generados.
Esta decisión de otorgar anticipos financieros a varias provincias está motivada por la necesidad de ofrecer soluciones inmediatas a las situaciones de iliquidez que algunas jurisdicciones pueden enfrentar. El artículo 124 de la Ley N° 11.672 también establece que los anticipos deben ser reintegrados dentro del mes siguiente a su concesión, aunque el Poder Ejecutivo tiene la capacidad de extender este plazo hasta el final del ejercicio fiscal con la aprobación del Ministerio de Economía.
En meses recientes, se han otorgado medidas similares a otras provincias. Por ejemplo, en enero, Entre Ríos recibió un adelanto de $220.000 millones, que fue posteriormente aumentado, y otras provincias, como Santa Fe y Jujuy, también recibieron anticipos de hasta $400.000 millones bajo condiciones semejantes a las de Córdoba.
Cabe destacar que estos anticipos están destinados exclusivamente a solventar necesidades financieras transitorias, sin que signifiquen recursos adicionales de libre uso. El Gobierno de Córdoba deberá formalizar convenios con la Secretaría de Hacienda para definir las condiciones de desembolso y reembolso. Asimismo, la intervención de la Contaduría General de la Nación y la Tesorería General asegurará el adecuado registro y control de esta operación en el marco del presupuesto nacional.
En la justificación del decreto, se menciona que el servicio jurídico permanente del Ministerio de Economía participó en el proceso, y se indica que la medida se adopta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 99, inciso 1 de la Constitución Nacional.























