La Resolución 725/2026, difundida en el Boletín Oficial de la República Argentina, responde al incremento de amenazas de violencia masiva en instituciones educativas comunicadas a través de redes sociales.
Con la nueva normativa, el personal policial está obligado a adherirse a lo estipulado en la Ley de Protección de Datos Personales N° 25.326, prohibiéndose de manera explícita el manejo de datos sensibles o publicaciones que involucren a niñas, niños y adolescentes sin la respectiva orden judicial.
La resolución indica que, cuando se tenga certeza o sospecha de que la prevención policial en el ámbito cibernético involucra a algún menor, dicha actividad deberá ser suspendida y registrada de inmediato, notificando a la autoridad competente. Sin embargo, la suspensión no será obligatoria en cinco excepciones, que están relacionadas con riesgos graves e inminentes para la integridad o la vida de menores, así como para la seguridad de la comunidad educativa.
Entre estas situaciones se incluyen casos donde se detecte un peligro inminente para la vida del menor; indicios de abandono, fuga o sustracción del entorno familiar; conductas autolesivas o suicidas sin necesidad de confirmar la inminencia del daño; y cuando el menor se encuentre como presunta víctima de un delito en curso en el ciberespacio que requiera una vigilancia continua para su prevención o esclarecimiento.
Además, la normativa permite continuar con el accionar policial si hay evidencias fundadas de riesgo para la vida o integridad física de otros menores, abarcando amenazas, planeamiento o preparación de actos de violencia masiva en instituciones educativas o espacios públicos, aplicándose tanto a menores víctimas como a potenciales autores.
En todos los casos exceptuados, el personal debe documentar detalladamente las circunstancias que justificaron la continuidad de sus acciones y comunicar inmediatamente a la autoridad que lleve a cabo la investigación. Con esto, el Gobierno busca equilibrar la necesidad de intervención frente a delitos graves con el respeto a los derechos y garantías establecidos por la normativa vigente.
Esta modificación se inserta en un conjunto de reformas impulsadas por el Ministerio de Seguridad Nacional con el objetivo de mejorar la prevención y respuesta ante el avance del ciberdelito.
Según la ley actual, la seguridad interior se define como “la situación de hecho basada en el derecho en la cual se encuentran resguardadas la libertad, la vida y el patrimonio de los habitantes, sus derechos y garantías y la plena vigencia de las instituciones del sistema representativo, republicano y federal que establece la Constitución Nacional.”
La decisión de implementar cambios en el protocolo surge en un contexto de aumento de casos de amenazas de violencia masiva en escuelas, propagadas a través de plataformas digitales y redes sociales. Las autoridades consideran que la normativa anterior era insuficiente para garantizar una respuesta efectiva ante situaciones urgentes, lo que llevó a la necesidad de ampliar los casos excepcionales.
El Plan Federal de Prevención de Ciberdelitos y Gestión Estratégica de la Ciberseguridad (2025-2027), aprobado mediante la Resolución N° 72/25, reconoce la evolución constante del ciberdelito y la imperiosa necesidad de revisar el marco normativo, así como de incorporar herramientas especiales para la investigación y prevención de delitos complejos en entornos digitales.
Asimismo, la Resolución N° 19/25 estableció el Programa de Fortalecimiento en Ciberseguridad e Investigación del Cibercrimen (FORCIC) dentro de la Unidad Gabinete de Asesores del Ministerio. Este programa busca aumentar la capacidad para prevenir, detectar y analizar incidentes cibernéticos, además de mejorar la respuesta ante la investigación de ciberdelitos.
Finalmente, la resolución enfatiza la necesidad de optimizar los recursos técnicos y los protocolos de actuación para detectar tempranamente conductas delictivas en el ámbito digital, subrayando la importancia de garantizar tanto la eficacia operativa como el estricto respeto de los derechos fundamentales y las garantías procesales.























